Managua, 14 jul (EFE).- El magistrado hondureño de la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ) Francisco Darío Lobo sostuvo hoy que Panamá no puede desconocer la jurisdicción de ese tribunal para no darse por notificado de la demanda presentada en su contra por retirarse del Parlamento Centroamericano (Parlacen).
"Panamá, igual que Costa Rica, es cierto que no tienen magistrados en este tribunal, pero estos Estados suscribieron, aprobaron y ratificaron el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA)", dijo Lobo, en declaraciones a periodistas en Managua.
"Y ese Protocolo de manera muy clara dice que toda controversia sobre la aplicación o interpretación de las disposiciones de ese Protocolo y demás instrumentos a que se refieren, deberá someterse a la Corte Centroamericana de Justicia", reafirmó.
El Gobierno de Panamá declaró ayer que no se da por notificado de la demanda presentada en su contra por retirarse del Parlacen ante la CCJ debido a que no forma parte de ese órgano y no está obligado a someterse a su jurisdicción.
"Los tratados son ley entre los Estados partes y el Protocolo de Tegucigalpa lo suscribieron, lo aprobaron y lo ratificaron y está en vigencia en los seis Estados centroamericanos, al cual se adhirió Belice", insistió Lobo.
Observó que Panamá también aprobó y ratificó el Tratado Constitutivo del Parlacen.
"¿Cómo vamos a dejar de recibir reclamos en torno al cumplimiento de esos tratados?", añadió.
"En conclusión, si estos Estados crearon la Corte con el Protocolo de Tegucigalpa y le dieron esta facultad de resolver todas las controversias, por ende están sujetas a la jurisdicción de la Corte", continuó.
El magistrado hondureño indicó que el hecho de que Panamá y Costa Rica no tengan magistrados en ese tribunal, "no los exime, no los excluye de estar bajo la jurisdicción de esta Corte", que tiene su sede en Nicaragua.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá señaló ayer que recibió a un representante de la CCJ que entregó dos documentos sobre demandas contra el Estado panameño por su retiro del Parlacen, presentadas por el propio Parlamento y por diputados de dicho órgano.
El pasado 9 de julio la CCJ admitió la demanda del Parlacen contra el Estado de Panamá por pretender retirarse de ese foro y dio un plazo de 15 días al presidente de este país, Ricardo Martinelli, para que conteste la querella.
"El Convenio de Estatuto de la Corte Centroamericana no ha sido ratificado por todos los Estados, incluyendo Panamá, por lo que sus competencias específicas no pueden ser obligatorias para los Estados que no lo han ratificado. Es decir, no son obligatorias para Panamá, Costa Rica y Belice", señaló la cancillería panameña.
Panamá reiteró que "la determinación" de retirarse del Parlacen "es una decisión final e irrevocable que ha sido tomada en el ejercicio de la voluntad y potestad soberana que ostenta la República de Panamá".
El Gobierno de Panamá comunicó oficialmente en agosto pasado en Guatemala a los países miembros del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) su decisión de retirarse del Parlacen, algo que se hará afectivo de acuerdo con las autoridades de este país a partir de noviembre de 2010.
"Panamá, igual que Costa Rica, es cierto que no tienen magistrados en este tribunal, pero estos Estados suscribieron, aprobaron y ratificaron el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA)", dijo Lobo, en declaraciones a periodistas en Managua.
"Y ese Protocolo de manera muy clara dice que toda controversia sobre la aplicación o interpretación de las disposiciones de ese Protocolo y demás instrumentos a que se refieren, deberá someterse a la Corte Centroamericana de Justicia", reafirmó.
El Gobierno de Panamá declaró ayer que no se da por notificado de la demanda presentada en su contra por retirarse del Parlacen ante la CCJ debido a que no forma parte de ese órgano y no está obligado a someterse a su jurisdicción.
"Los tratados son ley entre los Estados partes y el Protocolo de Tegucigalpa lo suscribieron, lo aprobaron y lo ratificaron y está en vigencia en los seis Estados centroamericanos, al cual se adhirió Belice", insistió Lobo.
Observó que Panamá también aprobó y ratificó el Tratado Constitutivo del Parlacen.
"¿Cómo vamos a dejar de recibir reclamos en torno al cumplimiento de esos tratados?", añadió.
"En conclusión, si estos Estados crearon la Corte con el Protocolo de Tegucigalpa y le dieron esta facultad de resolver todas las controversias, por ende están sujetas a la jurisdicción de la Corte", continuó.
El magistrado hondureño indicó que el hecho de que Panamá y Costa Rica no tengan magistrados en ese tribunal, "no los exime, no los excluye de estar bajo la jurisdicción de esta Corte", que tiene su sede en Nicaragua.
El Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá señaló ayer que recibió a un representante de la CCJ que entregó dos documentos sobre demandas contra el Estado panameño por su retiro del Parlacen, presentadas por el propio Parlamento y por diputados de dicho órgano.
El pasado 9 de julio la CCJ admitió la demanda del Parlacen contra el Estado de Panamá por pretender retirarse de ese foro y dio un plazo de 15 días al presidente de este país, Ricardo Martinelli, para que conteste la querella.
"El Convenio de Estatuto de la Corte Centroamericana no ha sido ratificado por todos los Estados, incluyendo Panamá, por lo que sus competencias específicas no pueden ser obligatorias para los Estados que no lo han ratificado. Es decir, no son obligatorias para Panamá, Costa Rica y Belice", señaló la cancillería panameña.
Panamá reiteró que "la determinación" de retirarse del Parlacen "es una decisión final e irrevocable que ha sido tomada en el ejercicio de la voluntad y potestad soberana que ostenta la República de Panamá".
El Gobierno de Panamá comunicó oficialmente en agosto pasado en Guatemala a los países miembros del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) su decisión de retirarse del Parlacen, algo que se hará afectivo de acuerdo con las autoridades de este país a partir de noviembre de 2010.
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